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Nuevas normativas de derechos para personas en situación de vulnerabilidad

El vicegobernador, a cargop de la gobernación, Sergio Mansilla, junto al ministro de Salud Pública, Luis Medina Ruiz.

El vicegobernador, a cargop de la gobernación, Sergio Mansilla, junto al ministro de Salud Pública, Luis Medina Ruiz, encabezó el acto que se llevó a cabo en el Salón Blanco de Casa de Gobierno para el cual fue seleccionada la provincia y que contó con la presencia de autoridades de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

El decreto 07/23 modifica a la anterior normativa contemplada por el decreto 432/97, que reglamenta el artículo 9 de la Ley número 13.478, para el otorgamiento de pensiones a la vejez y por invalidez. La actual modificación determina un cambio de paradigma respecto a las personas que podrían acceder a este derecho y a los requisitos que deberían cumplimentar -hasta el momento estos consideraban una determinada edad y/o un porcentaje de incapacidad total y permanente de no menos de un 76 por ciento, siendo obligatorio que este último requisito se acreditara mediante certificación expedida por servicio médico de establecimiento sanitario oficial-.

Por su parte la titular de la Dirección de Juntas de Evaluación de Discapacidad y Categorización de Prestadores de la Provincia, doctora Hortensia Juárez, hizo hincapié en la importancia de las nuevas normativas que incorporan no solo el análisis de la situación de salud de la persona -que se certifica en un centro de salud público- sino también de su condición social de vulnerabilidad: “Este análisis es detentado por trabajadores sociales y luego en la Agencia Nacional de Discapacidad se cruzan los datos de ANSES y los antecedentes médicos. En ANSES se inician trámites y de allí surgen también las informaciones de registros laborales o de otros beneficios, ya que estas pensiones están destinadas a personas que no perciben ningún otro tipo de beneficio, que tienen una condición de salud hacia alguna enfermedad y vulnerabilidad social”.

Al tiempo la referente comentó que se amplían además los beneficios para residentes extranjeros con al menos 10 años dentro de la provincia, como para personas que tienen una condición de salud vulnerable y que comparten domicilio con su conyugue, pero que previamente no podían percibir el beneficio por contar este último con un ingreso de pensión, trabajo o jubilación.

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